Las Instituciones coloniales:
Al terminar el proceso de conquista y colonización, la mayor parte de los pobladores indígenas habían sido exterminados o asimilados a la cultura criolla. Las sociedades indígenas que sobrevivieron, habitaban las zonas periféricas y fronterizas del país o fueron desplazadas hacia ellas ante el empuje de la población criolla. Allí se encuentran en el presente conformando una población que oscila en los 350.000 habitantes.
El desarrollo y estabilidad de la conquista en el Nuevo Mundo se reglamenta en poco tiempo hasta descansar en distintas instituciones. El permanente crecimiento de la colonización impone el fortalecimiento y la legitimación de dichas instituciones. Su establecimiento copia fielmente la estructura organizativa de la metrópoli y contempla las materias más importantes del Imperio, a saber:
Institución Funciones
Casa de Contratación de Sevilla (1503) Actividades mercantiles de navegación
Arzobispado (1803) Asuntos religiosos, bautizos, matrimonios, entre otras
Consejo Supremo de Indias (1524)
El Consejo de Indias fue creado en 1524 por Carlos I para que se encargue del gobierno de América. Tenía su sede en Madrid y tuvo un gran poder hasta el siglo XVIII cuando se aplicaron las Reformas Borbónicas.
Funciones del Consejo de Indias:
a) Prepara leyes para América las cuales eran refrendadas por el Rey.
b) Proponía ternas al rey para cubrir los principales cargos de gobierno en América.
c) Supervisaba a las autoridades en América a través de Visitas y Juicios de Residencia.
d) Era un tribunal de justicia que recibía las apelaciones procedentes de las colonias.
El Real consulado (1793)
Surgió como consecuencia del crecimiento económico evidenciado por las provincias de la actual Venezuela a lo largo del siglo XVIII. Este crecimiento impulsó a la Corona a crear una institución que velara, protegiera y fomentara el comercio entre las colonias y la metrópoli. Con el establecimiento del Real Consulado de Caracas se consolidó la unidad de las provincias, ya que este organismo no sólo vino a complementar las funciones gubernativas, judiciales y de fomento económico, sino que incorporó a los criollos a la dirigencia política a la que tanto aspiraban desde el Cabildo.
Real Audiencia(1786) - Fue el máximo Tribunal de Justicia, encargado de sentenciar los pleitos civiles y las causas criminales.
- Tenía atribuciones de carácter político que pueden clasificarse en Consultivas y Gubernativas por cuanto éste organismo asesoraba a los virreyes y absolvía sus consultas tanto en materia judicial, como en la resolución de asuntos de trascendencia.
- Asimismo intervenía en la gestión administrativa reemplazando al virrey en caso de ausencia o inhabilitación de éste, a través de las ejecuciones que dictaba el Real Acuerdo de Justicia, especie de consejo de ministros en la actualidad.
Real Intendencia de Ejército y Real Hacienda (1776) Materias económicas y fiscales u principal función fue recibir o percibir el dinero llegado a las arcas reales de las colonias y administrarlo adecuadamente.
Sus principales funcionarios eran los tesoreros, contadores y los revisores. Éstos dependían de la Real Audiencia y debían rendir fianza y presentar un inventario acerca de todas sus posesiones para así evitar un enriquecimiento indebido.
Esta política financiera estaba regulada por una Junta de Real Hacienda, la cual estaba formada por el gobernador, los oficiales reales, el fiscal de la Real Audiencia y un oidor de la misma.
Cabildo (1528) El cabildo realizaba múltiples y diversas funciones:
- En general las de un municipio propiamente dicho: velar por el aseo; ornato; calles, plazas y paseos; servicios públicos como el de agua potable; higiene, etc., de la ciudad. También se preocupaba del estado de las cárceles.
- Llevaba el control de la calidad y precios de los alimentos, y de otros artículos y servicios esenciales para la comunidad, entre ellos de la medicina y la farmacia.
- Poseía atribuciones judiciales.
- Intervenía en la distribución de tierras vacantes en los alrededores de la población o de solares al interior de la misma.
- Podía imponer ciertos gravámenes.
- Ocuparse de la policía local, pudiendo reclutar hombres para proveer a la defensa de la ciudad o de su territorio cuando fuese necesario.
- Dictar normas para la edificación. Inspeccionar y controlar los hospitales, el estado de los caminos, el culto público divino, el abastecimiento local y los precios de los productos esenciales.
El Rey Era la figura máxima en la administración colonial, El soberano