viernes, 4 de octubre de 2013

Ley orgánica de seguridad de la nación

La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación que fue sancionada por la Asamblea Nacional el 18 de diciembre de 2002, fue publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.594 y derogó a la anterior Ley Orgánica de Seguridad y Defensa. La Ley esta estructurada de la siguiente manera:


Ley Orgánica de Seguridad de la Nación

Titulo I.- Disposiciones Fundamentales
Título II.- De la Seguridad y Defensa Integral de la Nación
Título III.- Consejo de Defensa de la Nación
Título IV.- De Las Zonas de Seguridad
Titulo V.- De Las Sanciones y Penas
Titulo VI.- Disposiciones Transitorias y Finales

El Titulo Primero que está referido a las disposiciones fundamentales, son el conjunto de normas jurídicas que establecen el objeto, las definiciones relevantes, el alcance, ámbito de aplicación y corresponsabilidad de la Ley. Es necesario destacar cada uno de los aspectos que comprende este título:

     • El objeto de la misma es la regulación de la actividad del Estado y de la sociedad, con respecto        a la seguridad y defensa integral de la nación, y la adecuación de estos preceptos a la        Constitución Nacional.


Desarrollo integral

   • Al referirse a la seguridad nacional, se      debe hacer mención obligatoria al  
    desarrollo integral.

   • Tal como lo establece la Constitución      Nacional la función de la seguridad y      defensa de la nación no se encuentra solo      en manos del Estado, sino que es una labor      que debe darse con la participación      efectiva de la Sociedad.

     • La Seguridad y defensa de la nación tienen el alcance que establece la Constitución de la        República, así como los Tratados Internacionales que la nación haya suscrito y ratificado.

     • La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación debe ser acogida de forma obligatoria por todos y        cada uno de los nacionales, así como también debe ser obedecida por los extranjeros que        residan o se encuentren en el país, de igual forma se aplica a todos los entes tanto de derecho        público como privado.

El Titulo Segundo
 de la Ley contiene un conjunto de preceptos jurídicos que establecen los sujetos que se deben proteger, los elementos propios de la Seguridad y de la Defensa Integral, los entes que coadyuvan; la movilización y requisición, entre otros aspectos. Este Título está conformado por 3 capítulos, estos son:

     • El Capítulo Ireferido a la Seguridad de la Nación, que contempla una serie de elementos        claves para poder desarrollar éste objetivo, entre los aspectos más destacados están:

     1. Los sujetos y objetos que deben ser protegidos, como: 
La familia, el patrimonio cultural, los        pueblos indígenas, la diversidad biológica, los recursos naturales y genéticos, los parques         nacionales y demás sujetos u objetos de importancia ecológica y patrimonial para la nación.

     2. El control y supervisión por parte del Estado a las investigaciones que se realicen con material         genético de los seres humanos, y en caso de realizarse los mismos deben obedecer los         lineamientos dictados por la Constitución y los Tratados Internacionales suscritos y ratificados         por el país. De igual forma, el Estado debe vigilar que las actividades tecnológicas y científicas         no ocasionen daños o generen riesgos a la nación.

     • El Capítulo II se refiere a la Defensa       Integral de la Nación. Contempla la        magnitud de los aspectos inherentes a la        defensa integral de la nación, la actuación        de los poderes públicos para la consecución        de la seguridad y defensa, los objetivos de        la nación, los elementos relevantes de la        defensa integral, la promoción y control en        el desarrollo de tecnologías militares así        como de las armas de guerra, los órganos de        seguridad ciudadana, la protección civil, la        gestión social de riesgo y la clasificación de        las diversas informaciones y documentos        usados para alcanzar los fines.


Policía nacional

     1. El alcance o magnitud de la defensa integral de la nación está representada en el territorio y         los espacios geográficos del país, de igual forma comprende a todos los nacionales y         extranjeros que se encuentren en el territorio.

     2. Es indispensable la participación organizada de los poderes públicos nacional, estatal y         municipal, así como un plan estratégico integral que pueda ejecutarse de forma efectiva en los         diversos entes del poder público.

     3. El objetivo fundamental del Estado es poder ofrecer y garantizar a los ciudadanos un buen         nivel en la calidad de vida, y para alcanzarlo promoverá la acción conjunta con los demás entes         que conforman la sociedad, entre ellos: la empresa privada, los 
poderes públicos y la población         en general.

     4. Dentro de la defensa integral de la nación hay 2 elementos imprescindibles, como lo son: La         Política Exterior y La Fuerza Armada Nacional.

     5. El Orden Interno que es la garantía del cumplimiento de los preceptos jurídicos          establecidos en la Constitución, la existencia del estado de derecho, y la igualdad jurídica          entre todos los nacionales que debe ser asegurado y garantizado por el Estado.

     6. La promoción y control que debe llevar el Estado con respecto al desarrollo de las tecnologías          militares, así como del material y armas de guerra que ingresen o se elaboren en la nación.

     7. La creación de los llamados órganos de seguridad ciudadana, por mandato Constitucional, a          saber: El Cuerpo de Bomberos, la Policía Nacional, el Cuerpo de Investigaciones Científicas,          Penales y Criminalísticas, la Organización Protección Civil, que son entes destinados a la          preservación del orden interno de la nación.

     8. El conjunto de programas y acciones que confecciona y ejecuta la nación y que persigue la          mejoría en la calidad de vida de los venezolanos, así como la preparación de la población en          caso de emergencias, entre otros, comprende la llamada Gestión Social de riesgo.

     9. El llamado sistema nacional de inteligencia y contrainteligencia, que consiste en la canalización          del conjunto de datos, informaciones o documentos que se produzcan en los entes públicos o          privados y que tengan relación directa con el desarrollo de la seguridad nacional. Es de vital          importancia que éste conjunto de datos o informaciones referidas a la seguridad y defensa          nacional sean ordenados o clasificados de acuerdo a la importancia de sus contenidos.

     • El Capítulo III se refiere a la Movilización y Requisición, comprendiendo las definiciones de        esos términos, su base legal, los entes encargados de ejecutarlas, los planes, y los servicios        públicos e industrias básicas del estado.

Movilización de tropas estadounidenses durante su intervención
en el conflicto armado en República Dominicana

La Movilización esta referida a la serie de acciones de tipo preparatorio y ejecutivo, así como del conjunto de previsiones que tiene por objeto la organización del potencial existente en la nación, tomando en cuenta a todos los sectores del país, integrándolos al poder nacional. De esta forma facilita el cambio de un estado ordinario a uno extraordinario, en otras palabras es el llamado que hace el Estado a los ciudadanos que reúnen las características necesarias para ser integrados a las Fuerzas Armadas Nacionales.

     1. Este proceso tiene su origen en los llamados
 Estados de Excepción que tienen su base legal en         La Constitución Nacional, Titulo VIII, Capitulo II, artículo 337 y que una vez decretado, se         puede ordenar la movilización en todo o en parte del territorio nacional. La responsabilidad de         la Movilización está en manos del Presidente de la República, con la colaboración de los         Ministerios, El Consejo de Defensa de la Nación y demás entes del Estado que se involucren.         Todo este proceso se lleva a cabo de acuerdo con los planes confeccionados por los Ministerios         inmersos, siguiendo los lineamientos dados por el Presidente de la República.

     2. En casos de extrema urgencia el Ejecutivo puede solicitar la participación de las Fuerzas         Armadas Nacionales para controlar y reactivar el funcionamiento normal de las actividades         económicas de la nación. De igual forma puede someter al personal de las empresas al régimen         militar, mientras dure el estado de excepción.

     3. La Requisición puede entenderse como la expropiación de los bienes necesarios para defender         la nación.

El Titulo Tercero se refiere al Consejo de Defensa de la Nación, y está constituido por una serie de preceptos jurídicos referidos a las disposiciones generales del título, los miembros permanentes, y los sujetos que dirigen dicho consejo. Este Título está estructurado en 4 capítulos en los cuales se desarrolla a detalle los elementos del Consejo de Defensa de la Nación.

     • El Capitulo Primero establece los lineamientos generales del Consejo de Defensa de la Nación,        su misión, los miembros que la integran, atribuciones, la forma de convocatoria, y el organismo        de apoyo administrativo, técnico y de investigación que contribuye con el ejercicio de sus        funciones.

     • El Capitulo Segundo está dedicado a las atribuciones de los miembros permanentes del       Consejo de Defensa de la Nación.

     • El Capítulo Tercero está referido al Presidente(a) del Consejo y las atribuciones que tiene.

     • El Capitulo Cuarto está dedicado al órgano de apoyo del Consejo de Defensa de la Nación,        como lo es La Secretaría General, sus atribuciones, organización, y diversos entes que        dependen de dicho órgano.

El Titulo IV se refiere a
 Las Zonas de Seguridad definiendo como tal: Todos los espacios del territorio de la nación, que debido a sus características, ubicación estratégica y elementos que le componen, obligatoriamente están sometidas a un control especial, con el objeto de garantizar el resguardo y la seguridad de las personas, bienes y actividades que allí se realicen.

Las Zonas de Seguridad se clasifican en:

     1. Zona de Seguridad Fronteriza: referida al área delimitada o descrita como frontera, y cuyo         fin es el resguardo de la misma y el control de las personas que se movilizan por dichos         espacios.

     2. Zona adyacente a la orilla del mar, lagos, islas y ríos navegables.

     3. Los corredores de transmisión de oleoductos, gasoductos, poliductos, acueductos y tendidos          eléctricos principales.

     4. Zonas en las que circundan instalaciones militares y públicas; industrias básicas, estratégicas          y los servicios esenciales.

     5. El espacio aéreo sobre las instalaciones militares, las industrias básicas, estratégicas y los          servicios esenciales.

     6. Zonas adyacentes a las vías de comunicación aérea, terrestre y acuática de primer orden.

     7. Cualquier otra zona de seguridad que sea considerada necesaria para la seguridad y defensa          integral de la nación.

El Título V está dedicado a las Sanciones y Penas que se aplican a las personas naturales y jurídicas, funcionarios públicos, así como extranjeros que se encuentren en el territorio nacional por el incumplimiento de:

     1. Los requerimientos hechos por los organismos del Estado en los asuntos que se relacionen con la         seguridad y defensa integral.

     2. La negación de suministrar datos o informaciones necesarias para el resguardo y cumplimiento          de los fines de seguridad y defensa de la nación.

     3. La divulgación o tráfico de información referida a la seguridad y defensa de la nación a otro          Estado o a cualquier sujeto.

     4. El incumplimiento por parte de cualquier persona, sea natural o jurídica, nacional o extranjero,          de la realización de actividades prohibidas en las Zonas de Seguridad.

El Titulo VI se refiere al conjunto de Disposiciones Transitorias y Finales. Está estructurado en 2 capítulos:

El Capitulo Primero contentivo de las Disposiciones Transitorias, entre las que se destacan:

     • La obligación que tienen las autoridades de la nación, de actualizar y suministrar los datos y las        informaciones de los bienes, personas y actividades que se encuentran dentro de Las Zonas de        Seguridad. De igual forma se obliga al Consejo de Seguridad de la Nación a la creación del        Registro Nacional de las Zonas de Seguridad.

     • Todas las leyes y reglamentos que están referidas a Las Zonas de Seguridad serán válidos         siempre y cuando no estén en contravención con la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación.

El Capitulo Segundo consagra las Disposiciones Finales de la Ley, en este sentido se destacan:

     • La necesidad de que La Asamblea Nacional sancione los respectivos reglamentos que menciona la        Ley.

     • Se hace la aclaratoria con respecto al sistema de sanciones, y se determina que las mismas        estarán vigentes hasta que el Código Penal o el Código de Justicia Militar establezcan las        respectivas sanciones en sus articulados.

     • La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación deroga la anterior Ley Orgánica de Seguridad y        Defensa, así como también deroga todas las normas que vayan en contravención con la Ley        sancionada.

La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, en todo su articulado establece aspectos de suma importancia para el efectivo resguardo y protección del Estado Venezolano, y por ende de cada uno de los venezolanos. La importancia radica y depende del nivel de conocimiento y comprensión por parte de todos los sujetos que integran y construyen con sus actos y aptitudes una nación más segura, donde todos y cada uno de los ciudadanos: niños, jóvenes, adultos y ancianos, tienen un rol determinante en el establecimiento y ejecución de los preceptos jurídicos que el ordenamiento consagra. 
Fuente:
http://www.rena.edu.ve/cuartaEtapa/premilitar/Tema10.html

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